Bienvenido lector:

Federico Osorio Altúzar ha sido profesor de Filosofía en la UNAM y en la ENP (1964-1996) y Editor de la Gaceta de la ENP desde 2004.
Durante 15 años fue editorialista y articulista en el periódico NOVEDADES.
Es maestro en Filosofía. Tiene cursos de Inglés, Francés, Griego y Alemán.
Ha publicado en Novedades, el Heraldo de Chihuahua, El Sol de Cuervanaca, el Sol de Cuautla, Tribuna de Tlalpan, Tribuna del Yaqui, Despertar de Oaxaca y actualmente colabora en la versión en Línea de la Organización Editorial Mexicana (OEM).







lunes, 15 de diciembre de 2014

CONAGUA INCUMPLE: ¿ HAY UN CONFLICTO DE INTERESES?



Por enésima ocasión, el organismo facultado para atender problemas hidrológicos, CONAGUA, incumple su responsabilidad: culminar la controversia sobre la licitud o la ilegalidad en torno al Acueducto Independencia que, por hoy, mantiene cada vez más divididos a los sonorenses. A los empresarios del norte del Estado frente a los productores del sur de la Entidad.
Tres veces CONAGUA ha solicitado espera a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con el fin de emitir su fallo de revocación  o validación de los títulos de concesión de agua en poder del CEA, en Sonora, con igual resultado, incluyendo la más reciente de la semana anterior. Esto lleva a Baltasar Peral Guerrero, miembro del Comité Técnico del Agua, a declarar que el mensaje cifrado del organismo, especie de Telegrama Zimmermann, es un mensaje de Ilegalidad. Es tiempo, sin embargo, para descifrarlo y con el objetivo de  proceder en consecuencia.
A nuestro modo de ver, lo que ahí se encierra atañe al propio titular del Ejecutivo federal. En otros términos, CONAGUA está lejos de estar revestido de autonomía absoluta,  y como si fuese un Poder al lado de los Poderes consabidos
Asiste razón a Peral Guerrero. En efecto, CONAGUA es el organismo rector de todos los asuntos hidrológicos que hay en el País. En consecuencia, al suceder alguna inconformidad  o controversia  ventilada ante los tribunales, incluso ante  la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se espera que todo se conduzca en términos de respeto en el sentido de acato y obediencia a los dictámenes y a los fallos, incluyendo por supuesto, y de manera insoslayable, los de última instancia en caso de haberlos.
Es lo que sucede en el Valle del Yaqui. Ahí, ejidatarios, productores y pueblos indígenas (de la Tribu Yaqui) sufren violaciones a sus derechos sobre tenencia del agua, enajenación fraudulenta del vital insumo, acoso y retención de recursos por concepto de transferencias en el Presupuesto para todos los municipios, sin discriminación por ser  considerados disidentes.
Volviendo a lo del desacato por parte de CONAGUA, cabe reflexionar acerca del sentido y los efectos a que da lugar la rebeldía del organismo y el cinismo para declararse imposibilitado a fin de emitir su fallo de revocación o validación de los títulos otorgados.
El sábado anterior, el Comité Técnico del Agua (“Tribuna del Yaqui”, 3A) informó sobre un escrito preparado por sus abogados, dirigido a la SCJN, en el que demandan se sancione a CONAGUA, y se obligue que acate el mandato de la Primera Sala de la SCJN.
Ahora bien, ¿es legítimo que organismos como CONAGUA incumplan resoluciones de los tribunales y aun desobedezcan fallos de la SCJN? ¿Existe impunidad, con ese efecto? ¿Es la controversia en cuestión un problema técnico, de técnica jurídica?
O como bien dice Peral Guerrero, ¿se trata de una cuestión política y por lo mismo es una franca confrontación ideológica, partidista? Es decir, ¿consiste en una controversia   disfrazada y en realidad es un vderdadero conflicto de intereses?  En otras palabras, ¿hay ahí un lobo escondido en la piel de indefensa y mansa oveja?

Complejo y peliagudo enigma espera al próximo titular de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Ineludible conflicto a superar el que habrá de enfrentar con lucidez, solvencia teórica y conceptual, el sucesor de Juan N. Silva Meza. La actual aporía envuelta en ropajes engañosos, en este conflicto de intereses, habrá de conducir a la  cuestión: ¿quién debe ser el defensor de la Constitución. ¿Debe ser el órgano legislativo? ¿Debe serlo el Presidente, según pretendía Carl Schmitt? ¿O bien debe ser el órgano judicial según lo fundamentó en su Teoría General del Estado el príncipe de los juristas de todos los tiempos, Hans Kelsen?