Sonora, el Estado abanderado
de la Revolución Mexicana junto con los de Morelos y Chihuahua, está siendo
convertido, en un Estado escindido, próximo a la violencia y a la
confrontación. Los sureños acaban de sellar el pacto de la rebelión civil, con
razón y justicia, en nombre de intereses prácticos en los cuales les va la
sobrevivencia a muy corto plazo. El agua, insumo vital, se ha vuelto asunto de
protesta pública generalizada. Lo que dio origen a la convivencia y a la
solidaridad en los orígenes de la Humanidad, en el escenario actual es piedra
de escándalo y letal discordia.
Implicaron los habitantes del
Sur en su resolución para hacerse oír en las altas esferas del Estado y la
Federación, el derecho a la inconformidad y a la desobediencia civil, a través
de acciones que colocan en evidencia al gobierno de la Entidad.
Siguieron, con ese efecto,
las directrices propuestas por el inglés John Locke enunciadas en sus ensayos
sobre el Gobierno, haciéndolas propias en las movilizaciones cívicas que ya
marcan un hito en la historia reciente de Sonora. Locke escribió: “Si el pueblo
se ve reducido a la miseria y es víctima de los abusos de un poder arbitrario,
el final será siempre el mismo. Él estará siempre dispuesto a quitarse de
encima una carga que le resulte insoportable”.
El pensador de referencia
sostuvo, con letras indelebles y con plenitud de lucidez:: “Rebelión es
oponerse no a las personas, sino a la autoridad. Y ésta se basa únicamente en
el régimen y las leyes del gobierno”.
Frente al derecho a la
desobediencia civil, los más recientes sucesos en la tierra de los Obregón y
los Calles, llevan a formular la candente interrogación: ¿Hay un derecho a la
impunidad? ¿Existe algo así como un fuero inviolable, con arreglo al cual la
persona investída de autoridad está en condiciones de ejercer poderes
discrecionales en contra del bienestar y la felicidad de los ciudadanos? ¿Son
las leyes y normas configurativas del Estado de Derecho sólo imperativas para
el común de las gentes, pero no para el mandatario o gobernante en turno?
En Sonora, el Ejecutivo
estatal, Guillermo Padrés, eludió acatar
la máxima de derecho en cuanto a cumplir y hacer cumplir los
ordenamientos, erigiéndose a su vez en juez y parte invadiendo el ámbito de las
resoluciones y colocándose, no a las
resultas de la legalidad, sino a sus espaldas, interfiriendo su estricto
cumplimiento. Por ahora.
Su conducta al respecto, lo
sitúa bajo la condición señalada por John Locke en el sentido de propiciar el
derecho a la rebelión y, más claramente, de facilitar la respuesta popular,
cívica, ciudadana, de inconformidad, protesta y movilización pública, con las
consecuencias del caso.
La voz del pueblo es la voz
de Dios, dijeron los romanos. En la democracia, por medio de la voz de los
ciudadanos hablan las leyes, las normas de observancia general.
Desoír la voz del pueblo para
aquéllos era desatender la voluntad divina; entre nosotros, hacer caso omiso,
incurrir en desacato, es cometer desaire al derecho, caer en conducta ilícita.
Por añadidura, con los efectos punitivos de los casos en cuestión.
Así, en lugar del orden
jurídico, la validez y eficacia de las normas, el Estado de Derecho, en Sonora
se trata de hacer valer el derecho a la ilegalidad; es decir, convalidar el
imperio de la anarquía. Ahora bien,¿coexistirían dos Estados en uno, el de la
desobediencia civil y el del autoritarismo? ¿De ser así, por cuánto tiempo?
¿Las leyes, por un lado, y los temperamentos, por otro?¿Predominarían los intereses personales? En resumen: ¿Triunfaría, acaso,
el derecho a la impunidad?