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Federico Osorio Altúzar ha sido profesor de Filosofía en la UNAM y en la ENP (1964-1996) y Editor de la Gaceta de la ENP desde 2004.
Durante 15 años fue editorialista y articulista en el periódico NOVEDADES.
Es maestro en Filosofía. Tiene cursos de Inglés, Francés, Griego y Alemán.
Ha publicado en Novedades, el Heraldo de Chihuahua, El Sol de Cuervanaca, el Sol de Cuautla, Tribuna de Tlalpan, Tribuna del Yaqui, Despertar de Oaxaca y actualmente colabora en la versión en Línea de la Organización Editorial Mexicana (OEM).







miércoles, 28 de marzo de 2012

EL CASO DE FLORENCE CASSEZ EN LA SCJN



                                                 
   Por  Federico Osorio Altúzar

Durante unos días o semanas el “affaire” Cassez quedará postergado en los medios de comunicación. La visita del Papa Benedicto XVI tiende un velo inesperado sobre la resolución a la demanda de amparo interpuesta por la defensa.
Para muchos observadores, no hubo nada para nadie. En cambio, para los apostadores de oficio, ganó la Presidencia de la República, o bien ganaron los defensores del Estado de Derecho, sin descontar el aplauso del abogado de la ciudadana francesa, para quien el asunto va por buen camino.
Por lo pronto, la oposición mediática en minoría ponderó lo ocurrido en la Suprema Corte como una derrota para el jefe del Poder Ejecutivo y un triunfo del Poder Judicial. El proyecto del ministro Arturo Zaldívar fue la puntilla, se dijo, a las  expectativas del Presidente de la República en su fallido intento de justificar las actuaciones de la PGR y de la Secretaría de Seguridad Pública, presuntos responsables de torcer el debido proceso en el controvertido caso.
Perdieron, desde nuestra perspectiva, los epígonos del iusnaturalismo de viejo y renovado cuño frente a la incipiente tendencia a convertir el positivismo jurídico en seguro camino para resolver, entre otros, los temas de la justicia en nuestro país.  En otros términos, fueron vencidos los resabios del anacronismo que expone al Poder Judicial como báculo del Ejecutivo en turno, superando la presunción aquella en el sentido de que en este país nada se mueve sin la voluntad del señor Presidente.
Superó en buena lid, al final de cuentas, el príncipe de los juristas, Hans Kelsen, el autor de la Teoría Pura del Derecho, sobre Carl Schmitt. En consecuencia, venció en principio la tesis de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), es el poder defensor de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Salió adelante, así, como habría de esperarse, el positivismo jurídico frente a las pretensiones ideológicas, autoritarias y autocráticas de los representantes de la doctrina que supone que la justicia está por encima del derecho y de su consiguiente interpretación y reinterpretación histórica o dinámica. Como lo estamos viendo, tras largos y penosos titubeos.
Quedan respuestas pendientes derivadas del “affaire” Cassez, y caminos a seguir: ¿Se votará por la reposición del proceso enturbiado por la acción de funcionarios en la aprehensión de la ciudadana francesa? ¿Se castigará a los responsables de ilícitos, en el caso de que haya lugar, con ese efecto? ¿Se avizora la modernización de la justicia, la instauración del Estado de Derecho “en sentido propio”?  
Los adversarios del proyecto del ministro Zaldívar pusieron el grito en el cielo tras la votación de referencia. Se supeditó la Corte a la voluntad del Ejecutivo, dijeron en los medios informativos. Se olvidó paladinamente a las víctimas y se dio vía libre a la impunidad, incurriéndose en parcialidad por tratarse de una persona de nacionalidad extranjera, convalidándose la discriminación en contra de connacionales sentenciados.
No obstante, hay indicadores sobre una revaloración institucional en el árido escenario de procuración y administración de justicia jurídica en nuestro país.  Por vez primera, de manera explícita, se ventila con suma claridad el tema de la llamada división o separación de poderes. A nuestro modo de ver, se pone en el tapete del debate el de la coordinación y colaboración institucional entre los poderes públicos y sus atribuciones específicas, a la luz del Estado democrático de Derecho.
En escrito del ahora ministro Arturo Zaldívar, de 1990, en “Ideas sobre la Suprema Corte, se puede leer: “La justicia constitucional evita la dictadura de la mayoría respetando, ante todo, la supremacía de la Constitución. Coadyuva a la operatividad de un sistema auténticamente democrático”.